Lo que comenzó como una alternativa flexible de movilidad se ha convertido oficialmente en un sistema regulado.

Con la plena entrada en vigor de la Ley 2486 de 2025, Colombia establece el marco definitivo para la circulación de vehículos eléctricos livianos. La norma, que busca proteger al peatón y organizar el caos en las ciclorrutas, ya genera operativos de control en las principales capitales y en el departamento de Boyacá.
El nuevo orden en las vías
La ley es tajante: las patinetas eléctricas (scooters) y bicicletas asistidas ya no pueden circular por los andenes. Su espacio natural son las ciclorrutas, donde el límite de velocidad se fijó en 25 km/h. Aquellos usuarios que transiten por calzadas autorizadas podrán alcanzar hasta los 40 km/h, siempre y cuando porten casco certificado y prendas reflectivas en horario nocturno (6:00 p.m. a 6:00 a.m.).
Por otro lado, las motos eléctricas pierden su estatus de «bicicleta» si superan los 1000 W de potencia o los 60 kg de peso. Para estos vehículos, la exigencia ahora es total: placa, SOAT y licencia de conducción categoría A1.
Impacto en las Regiones
Bogotá: Operativos en los «puntos calientes». En la capital, la Secretaría de Movilidad ha iniciado jornadas pedagógicas en corredores como la Carrera Séptima y la Calle 26.
El Distrito recordó que, aunque estos vehículos están exentos de Pico y Placa, el incumplimiento de las nuevas normas (como circular por zonas peatonales) acarrea multas que superan los $350.000 COP.
Boyacá: El reto de la topografía y la seguridad vial
En Tunja, la capital boyacense, la entrada en vigor de la ley ha puesto el foco en la seguridad en pendientes y vías de alto flujo. Las autoridades de tránsito locales han señalado que, debido a las condiciones geográficas, se prohibirá el uso de patinetas en ciertas avenidas de alta velocidad para prevenir accidentes.
«En Boyacá estamos adaptando la señalización para que los usuarios puedan usar los lugares correctos para movilizarse por las vías correctas, sin embargo hay que dejar claro que la prioridad siempre es el peatón», indicaron fuentes de movilidad regional.
Medellín y Cali: Integración con el transporte público
Estas ciudades están liderando la creación de «Zonas de Parqueo Estratégico» para fomentar la intermodalidad, permitiendo que los usuarios de patinetas conecten de forma segura con el Metro o el MIO, bajo el estricto cumplimiento de la edad mínima: 16 años para circular por calzadas y 12 años para ciclorrutas.
Lo que se prohíbe y lo que se premia
| Tránsito por andenes y zonas peatonales. | Exención de Pico y Placa nacional. |
| Transporte de pasajeros en patinetas individuales. | Descuentos en trámites de registro inicial. |
| Circular sin luces (blanca delantera / roja trasera). | Ahorro del 80% en costos de operación vs. combustión. |
| Conducir bajo efectos del alcohol. | Contribución a la meta de «Cero Emisiones» 2030. |
Quienes infrinjan la norma de potencia (usar motores de más de 1000 W sin los papeles de una moto) se enfrentan a la inmovilización inmediata del vehículo. La era de la movilidad eléctrica sin reglas ha terminado.