El fuerte mensaje del representante electo José Luis Bohórquez frente a la condena de la Corte a su copartidario Pedro Suárez Vacca

José Luis Bohórquez fijó su posición frente al fallo de la Corte Suprema de Justicia que condena al hoy congresista Pedro Suárez Vacca a la cárcel, lo inhabilita y lo multa.

El representante electo Jose-Luis-Bohorquez-y-el representante actual Pedro-Suarez-Vacca
El representante electo José Luis Bohórquez mandó duro mensaje contra el recién condenado representante Pedro José Suárez al que reemplazará en la Cámara. Foto: Las Noticias de Boyacá.

Sin anestesia y sin los rodeos que caracterizan a los integrantes del Pacto Histórico en este tipo de casos, el representante a la Cámara electo, José Luis Bohórquez dejó conocer su opinión frente al fallo de la Corte Suprema de Justicia en el caso del actual representante de esa colectividad, Pedro Suárez Vacca.

El dicho boyacense reza que “no hay cuña que más apriete, que la del mismo palo” y eso es lo que se evidencia en las pocas líneas escritas precisamente Bohórquez, el sogamoseño que relevará en su curul al tunjano Suárez Vacca.

El exalcalde de Duitama y nuevo líder de la izquierda en Boyacá, quien en adelante será referenciado como el congresista o el representante del sombrero, decidió dar a conocer su opinión a través de un comunicado que deja ver cómo están las relaciones entre este par de militantes del partido del presidente Gustavo Petro.

“Ante la decisión de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia respecto del representante a la Cámara por Boyacá del Pacto Histórico, Pedro José Suárez Vacca, expreso mi respeto por la independencia de la Rama Judicial y por las decisiones adoptadas por las autoridades competentes en el marco del Estado social de derecho”, comenzó diciendo en su primer comunicado de prensa como congresista electo.

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Y continúo Bohórquez: “Las y los colombianos esperamos una justicia que actúe con el mismo rigor, la misma celeridad y la misma independencia frente a todos los servidores públicos, sin distinción de filiación política, poder económico o cualquier otra condición”.

Pero fue más allá el único representante boyacense electo por el Pacto Histórico: “Los hechos por los cuales la Corte profirió esta condena de primera instancia revisten la mayor gravedad y resultan profundamente reprochables desde el punto de vista ético”.

Reflexionó a renglón seguido el congresista electo, de quien se sabe no tiene las mejores relaciones con su copartidario Suárez Vacca: “Quienes ejercemos responsabilidades públicas debemos responder siempre con integridad, transparencia y respeto por la ley”.

“Como representante a la Cámara por Boyacá, considero que este hecho también debe ser una oportunidad para que en el Pacto Histórico reafirmemos nuestro compromiso con los principios de ética, transparencia y responsabilidad pública que orientan nuestra actuación política”, enfatizó Bohórquez.

En el documento ilustrado con un logo integrado una silueta del rostro del congresista del sombrero, junto a un frailejón y una barra de los colores que identifican al partido del actual gobierno, dejó en el ambiente que pedirá la expulsión de la colectividad del abogado tunjano que ostentó la dignidad como representante a la Cámara por Boyacá, en los últimos cuatro años.

José Luis Bohórquez y Pedro Suárez Vacca
A pesar de hacer parte de la misma colectividad y de compartir amigos, Pedro Suárez y José Luis Bohórquez se han mostrado en extremos diferentes del Pacto Histórico. Foto: Archivo particular.

“Con pleno respeto por el debido proceso y la autonomía de las instancias competentes, confío en que la dirección del partido evaluará esta situación y adoptará las decisiones que correspondan, de conformidad con sus estatutos y mecanismos internos”, concluyó José Luis Bohórquez López.

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El fallo contra Suárez Vacca

La Sala Especial de Primera Instancia, de la Corte Suprema de Justicia condenó Pedro José Suárez Vacca, actual congresista del Pacto Histórico por el delito de prevaricato por acción agravado, en modalidad de delito continuado, al establecer que cuando ejercía como juez concedió y mantuvo un beneficio judicial que la ley prohibía.

El boyacense fue hallado responsable de actuar de manera contraria a la ley mientras se desempeñó como juez quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, Boyacá, entre 2008 y 2009:

Primero: denegar la solicitud de cesación de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia.

Segundo: condenar a Pedro José Suárez Vacca de condiciones personales y civiles consignadas en esta providencia, como autor del delito de prevaricato por acción agravado en modalidad de delito continuado.

Tercero: imponer, en consecuencia, a Pedro José Suárez Vacca la pena principal de sesenta y ocho (68) meses y veinticuatro (24) días de prisión y multa de noventa y nueve punto noventa y nueve mil ciento veinticinco (99.99125) salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ciento diez (110) meses y once (11) días.

Cuarto: negar al condenado la suspensión condicional de la ejecución de la pena privativa de la libertad y la prisión domiciliaria, conforme con las razones expuestas en la parte considerativa de este fallo. Por consiguiente, una vez en firme esta decisión, se librará la orden de captura correspondiente con la finalidad de que cumpla la pena impuesta.

Quinto: ordenar, como medida de restablecimiento del derecho, que Pedro José Suárez Vacca publique, por una única vez y a su cargo, un resumen de esta sentencia elaborado por la Sala y una manifestación escrita de excusas publicas dirigida a la Rama Judicial, al Estado colombiano y a la sociedad, en un medio escrito de amplia cobertura nacional previamente aprobado por esta Colegiatura, dentro de los tres (3) meses siguientes a la ejecutoria de la presente providencia.

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Sexto: abstenerse de condenar a Pedro José Suárez Vacca al pago de expensas procesales y agencias en derecho, conforme lo indicado en la parte motiva.

Séptimo: en firme la presente sentencia remítase copia de esta al Ministerio de Justicia y del Derecho para el recaudo de la multa impuesta.

Octavo: remitir, una vez adquiera firmeza esta decisión, copias de la misma a las autoridades a las que alude el artículo 472 de la Ley 600 de 2000; y de las piezas procesales pertinentes al Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad -reparto-, para lo de su competencia.

Noveno: precisar que contra esta sentencia procede el recurso de apelación, en el efecto suspensivo, ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Notifíquese y cúmplase”, Blanca Nelida Barreto Ardila, magistrada.